martes, 12 de marzo de 2013

CELEBRACIÓN DE FIESTAS DE FIN DE CURSO "BANDAS" EN CENTROS EDUCATIVOS, PROHIBICIÓN DE VENTA DE BEBIDAS ALCOHOLICAS

Los padres del alumnado montan un bar para la fiesta de fin de curso en el patio del centro con el objetivo de recaudar dinero para la excursión fin de curso. ¿Pueden estos padres vender bebidas alcohólicas a los otros padres que acompañan el evento?

La Orden de 23 de noviembre de 1993 por la que se prohíbe la venta y distribución de tabacos y bebidas alcohólicas a los alumnos y alumnas de los centros docentes de Andalucía (BOJA de 7 de diciembre), establece en su artículo primero que:

 
Se prohíbe vender, distribuir y consumir bebidas alcohólicas en todos los Centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía de Educación Infantil/Preescolar, Educación Primaria, /E.G.B., Enseñanza Secundaria, Enseñanzas Medias y Educación Especial, así como en los Centros que imparten enseñanzas de régimen especial en sus grados elemental, medio y superior y en las residencias Escolares.
 
Al establecerse en dicha regulación la prohibición de vender, distribuir y consumir alcohol en los centros educativos, sin excepciones, entendemos que no sería posible dicha venta aunque sea a los padres o madres, ya que la prohibición es total y abarca desde la venta hasta el consumo, sin diferenciar entre el alumnado y el resto de personas que acudan a la fiesta mayor de edad.

Aún así, se puede preguntar a la Inspección educativa por si la Delegación de Educación interpreta que al ser una excepción, la fiesta final de curso, cabe esa posibilidad, aunque sea con ciertos límites.

También se puede incluir las fiestas fin de curso de institutos o las denominadas fiestas de bandas, que muchas veces se celebran en los patios o pistas deportivas del Centro Educativo. Así mismo cuando estas fiestas se celebran en establecimientos no pueden venderse bebidas alcoholicas al ser menores de edad.
 
 Fotografía periodico Teleprensa

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario