domingo, 7 de septiembre de 2014

LO QUE DEBES DE SABER DEL CINTURÓN DE SEGURIDAD 1.

La DGT llevará a cabo un dispositivo de vigilancia a partir de este lunes sobre el uso de este mecanismo y de los Sistemas de Retención Infantil. El cinturón de seguridad es un elemento básico y fundamental de la seguridad vial y reduce a la mitad el riesgo de muerte en caso de accidente. Según señalan desde la Dirección General de Tráfico, un choque frontal a 80 kilómetros por hora sin llevar puesto el cinturón, suele llevar fatalmente aparejado resultado de muerte y lesiones. Este dispositivo de seguridad alcanza una máxima efectividad en los vuelcos, donde se reduce un 77% el riesgo de muerte. No usar el cinturón de seguridad o los sistemas de retención infantil es una infracción al artículo 117 del Reglamento General de Circulación.



EMBARAZADAS

Hasta 2006, la ley eximía a las embarazadas de la obligación de llevar el cinturón en determinadas circunstancias. Y esto era un grave error, derivado de la creencia de que el cinturón podía producir daños al feto. El riesgo de lesión y pérdida del feto por no llevar puesto el cinturón de seguridad es mayor que el riesgo de no llevarlo.

CÓMO DEBE LLEVAR UNA EMBARAZADA EL CINTURÓN DE SEGURIDAD.

La banda inferior deberá pasar lo más bajo posible del vientre y  la banda diagonal pasará centrada por la clavícula, entre el pecho y lateralmente por el abdomen. Con esto se consigue reducir las cargas que en caso de colisión el cinturón ejercería sobre el útero.

Existen accesorios para embarazadas que usados junto al cinturón de seguridad reducen las lesiones a la madre y el feto (marcas como BeSAFE y Chalecos Emobikids son pioneras en este aspecto).




SISTEMAS DE RETENCIÓN INFANTIL

Son obligatorios desde el primer día en que el Bebé, necesite viajar en el vehículo y hasta que alcance los 135 cm (recomendable 150 cm) de estatura. El uso de SRI en menores con menos de 135 cm de estatura es OBLIGATORIO.   

Un vehículo en el que viaje un menor sin sistema de retención infantil (estando obligado a hacerlo) podrá ser objeto de inmovilización, incluso si este vehículo es un taxi.




AUTOCARES O AUTOBUSES

Desde el año 2007, todos los autocares y autobuses nuevos (matriculados a partir de 2007) están obligados a llevar cinturón de seguridad. En cuanto a su uso, siempre que los vehículos dispongan de ellos, tanto el conductor como los pasajeros mayores de tres años deberán llevarlo abrochado durante todo el trayecto, tanto si se circula por vías urbanas como por interurbanas. No hacerlo es una infracción "grave" que lleva aparejada una sanción de 200 euros, que deberá abonar el viajero.

ANIMALES DOMÉSTICOS

Las mascotas mientras conducimos pueden generarnos situaciones de peligro y una distracción. Llevarlas sueltas o asomadas por la ventanilla con un simple frenazo multiplican su peso y nos pueden golpear violentamente causando lesiones a los ocupantes del vehículo e incluso la muerte.

Es una infracción al Reglamento General de Circulación ARTÍCULO 18  APARTADO 1 OPCIÓN  5E. Conducir un vehículo sin cuidar de la adecuada colocación de los objetos o algún animal transportado para que no interfiera en la conducción. Infracción Leve cuyo responsable es el conductor del vehículo y con un importe de 80 Euros.

Existen diferentes sistemas en el mercado que facilitan un transporte seguro para nosotros y nuestras mascotas.




  
AUTOR: RICARDO ALEMÁN POLICÍA LOCAL DE ROQUETAS DE MAR (ALMERÍA)


No hay comentarios:

Publicar un comentario