martes, 30 de septiembre de 2014

EL PLUS TEST EN LAS SILLAS INFANTILES, LA IMPORTANCIA DE IR A CONTRAMARCHA

En la actualidad en la UNIÓN EUROPEA conviven dos normativas para sillas infantiles la R-44/04 y la R 129. La primera clasifica los Sistemas de Retención Infantil en función del peso del menor, y la segunda conocida como la iSIZE los agrupa en función de la talla.



La normativa R-129 o iSIZE presenta varias ventajas:

1.    Se clasifica en función de la talla del menor y no del peso
2.    Su instalación es mediante ISOFIX por lo que el vehículo debe de tener  anclajes para ISOFIX, siendo más seguro
3.    No permite la instalación de cara a la marcha antes de los 15 meses.
4.    Pasan un test de impacto lateral.



En Suecia que en temas de Seguridad Vial van a años luz no se conformaron con una simple homologación y crearon en el año 2009 el Plus Test, que es una prueba voluntaria entre los fabricantes de sillas infantiles. Y cabe destacar que debido a sus exigencias hasta el momento no existe ningún SRI de montaje de cara a la marcha que lo haya superado, por eso ellos levan a su menores a contramarcha el máximo tiempo posible habiendo SRI que pueden ir a contramarcha hasta los 25 kilogramos del menor.




Lo que hace que el Plus Test sea más riguroso es:
  1.  Un crash-test mucho más exigente. Como en la normativa europea también se realiza a una velocidad de 50 Km/h pero con una desaceleración de frenado de 38g. contra los 28g. a los que los somete la normativa vigente.
  2. La medición con precisión de la carga cervical, es decir la fuerza que soporta la zona de cuello y hombros, las vértebras de la zona cervical, en el momento del impacto. El Plus Test utiliza un dummie Q3 para representar un niño de esta edad y establece el límite permitido de este esfuerzo en los 122 kg.







RICARDO ALEMÁN POLICÍA LOCAL DE ROQUETAS DE MAR (ALMERÍA)

sábado, 20 de septiembre de 2014

TODO LO QUE DEBES DE SABER SOBRE LOS TRIÁNGULOS DE EMERGENCIA

Los usuarios de la vía que se vean implicados en un accidente de tráfico o lo presencien están obligados a auxiliar o solicitar auxilio para atender a las víctimas y prestar colaboración para evitar mayores peligros. Para ésto el chaleco reflectante y los triángulos de emergencia serán de gran ayuda, ya que evitaremos que la situación se agravé.


En cuanto a los triángulos de emergencia decir que son obligatorios para los turismos, vehículos mixtos, vehículos de mercancías, autobuses, etc., es decir,  los vehículos de más de tres ruedas deberán llevar dos triángulos de preseñalización de emergencia. No portarlos es una infracción que podrá ser denunciada por los agentes encargados del tráfico.Todos los triángulos homologados llevan inscrito el símbolo redondo E9 y el código 27R03.

En caso de avería o siniestro vial servirán para indicar a los demás conductores y usuarios de la vía de que deben extremar las medidas de seguridad y tener más precaución al aproximarse al vehículo averiado.

CÓMO DEBEMOS COLOCAR LOS TRIÁNGULOS DE EMERGENCIAS
  1. Antes de bajarnos del vehículo debemos ponernos el chaleco reflectante, que llevaremos a mano en la guatera. Tanto el no llevar el chaleco en el vehículo como no ponérselo al bajarse del vehículo constituyen sendas infracciones que podrán ser denunciadas.
  2. Se podrán colocar a más de 50 metros en caso de falta de visibilidad (cambios de rasante de reducida visibilidad).
  3. Nunca se pondrán a menos de 50 metros
  4. Se colocarán en el arcén, en el caso de no haber se pondrán lo más cerca posible al borde de la calzada.
  5. Si el vehículo se ha averiado en una curva colocarlos antes de ésta.
  6. Colocar primero el triángulo de emergencia por detrás del vehículo y después el otro por delante del mismo.

NOTA: DAR AL MENOS 100 PASOS ANTES DE PONERLOS SOBRE EL ASFALTO




VÍAS DE DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN

Se colocaran los dos triángulos de preseñalización de peligro uno por delante y el otro por detrás del vehículo a unos 50 metros como mínimo y del tal forma que los conductores que se aproximen los vean desde 100 metros al menos.


VÍAS DE ÚNICO SENTIDO

Se colocará un único triángulo de emergencia a unos 50 metros por detrás del vehículo o de la carga y de tal forma que sean visibles por los conductores que se aproximan a unos 100 metros al menos.



Por último os recuerdo cómo debemos actuar en un Siniestro Vial, recordar el acrónimo P.A.S. (Proteger, Alertar y Socorrer).


1. PROTEGER para evitar nuevos heridos y nuevas lesiones, para ello se debe:

  • Inmovilizar el vehículo fuera de la calzada a ser posible y conectar la señal de emergencia.
  • Ponerse el chaleco reflectante antes de salir del vehículo para hacernos más visibles
  • Cortar el contacto del vehículo accidentado e inmovilizarlo con el freno de mano.
  • Evitar que se fume, ya que puede haber combustible derramado y producirse un incendio.
  • Señalizar la zona del accidente con los triángulos de preseñalización de peligro a una distancia apropiada.

2. ALERTAR lo antes posible a los servicios de emergencia para pedir ayuda. Emergencias 112 coordina a todos los cuerpos Bomberos, Policías Locales o Guardias Civiles y Personal Sanitario de Urgencias, por eso mi consejo es que llames al teléfono 112 para cualquier Accidente.

3. SOCORRER a los heridos. a los heridos.

NOTA: Recomiendo llevar en el maletero del vehículo un pequeño botiquín con guantes de látex, agua oxigenada, gasas, etc.

AUTOR: RICARDO ALEMÁN POLICÍA LOCAL DE ROQUETAS DE MAR (ALMERÍA)

lunes, 15 de septiembre de 2014

SEMANA EUROPEA DE LA MOVILIDAD 2014

Todos los años del 16 al 22 de Septiembre se celebra la Semana Europea de la Movilidad. En ésta muchas ciudades europeas realizan multitud de actividades dirigidas a concienciar y sensibilizar sobre el uso responsable del transporte intentando fomentar el transporte menos contaminante (desplazarse a pie, en bicicleta y en transporte público).

En Roquetas de Mar se celebrará bajo el lema “Muévete por un aire más limpio”. La Teniente Alcalde de Roquetas de Mar, Doña Eloísa Cabrera ha vuelto a reclamar la Variante de Roquetas de Mar, como infraestructura crucial para pacificar el tráfico rodado de la localidad. En cuanto a las actividades, ha destacado la concienciación a través de aulas formativas a escolares, gratuidad de autobuses, potenciación de la bicicleta como transporte, o convertir en peatonal la Av. Juan  Carlos I, el domingo, 21 de septiembre.










AUTOR. RICARDO ALEMÁN POLICÍA LOCAL DE ROQUETAS DE MAR (ALMERÍA)

domingo, 7 de septiembre de 2014

LO QUE DEBES DE SABER DEL CINTURÓN DE SEGURIDAD 1.

La DGT llevará a cabo un dispositivo de vigilancia a partir de este lunes sobre el uso de este mecanismo y de los Sistemas de Retención Infantil. El cinturón de seguridad es un elemento básico y fundamental de la seguridad vial y reduce a la mitad el riesgo de muerte en caso de accidente. Según señalan desde la Dirección General de Tráfico, un choque frontal a 80 kilómetros por hora sin llevar puesto el cinturón, suele llevar fatalmente aparejado resultado de muerte y lesiones. Este dispositivo de seguridad alcanza una máxima efectividad en los vuelcos, donde se reduce un 77% el riesgo de muerte. No usar el cinturón de seguridad o los sistemas de retención infantil es una infracción al artículo 117 del Reglamento General de Circulación.



EMBARAZADAS

Hasta 2006, la ley eximía a las embarazadas de la obligación de llevar el cinturón en determinadas circunstancias. Y esto era un grave error, derivado de la creencia de que el cinturón podía producir daños al feto. El riesgo de lesión y pérdida del feto por no llevar puesto el cinturón de seguridad es mayor que el riesgo de no llevarlo.

CÓMO DEBE LLEVAR UNA EMBARAZADA EL CINTURÓN DE SEGURIDAD.

La banda inferior deberá pasar lo más bajo posible del vientre y  la banda diagonal pasará centrada por la clavícula, entre el pecho y lateralmente por el abdomen. Con esto se consigue reducir las cargas que en caso de colisión el cinturón ejercería sobre el útero.

Existen accesorios para embarazadas que usados junto al cinturón de seguridad reducen las lesiones a la madre y el feto (marcas como BeSAFE y Chalecos Emobikids son pioneras en este aspecto).




SISTEMAS DE RETENCIÓN INFANTIL

Son obligatorios desde el primer día en que el Bebé, necesite viajar en el vehículo y hasta que alcance los 135 cm (recomendable 150 cm) de estatura. El uso de SRI en menores con menos de 135 cm de estatura es OBLIGATORIO.   

Un vehículo en el que viaje un menor sin sistema de retención infantil (estando obligado a hacerlo) podrá ser objeto de inmovilización, incluso si este vehículo es un taxi.




AUTOCARES O AUTOBUSES

Desde el año 2007, todos los autocares y autobuses nuevos (matriculados a partir de 2007) están obligados a llevar cinturón de seguridad. En cuanto a su uso, siempre que los vehículos dispongan de ellos, tanto el conductor como los pasajeros mayores de tres años deberán llevarlo abrochado durante todo el trayecto, tanto si se circula por vías urbanas como por interurbanas. No hacerlo es una infracción "grave" que lleva aparejada una sanción de 200 euros, que deberá abonar el viajero.

ANIMALES DOMÉSTICOS

Las mascotas mientras conducimos pueden generarnos situaciones de peligro y una distracción. Llevarlas sueltas o asomadas por la ventanilla con un simple frenazo multiplican su peso y nos pueden golpear violentamente causando lesiones a los ocupantes del vehículo e incluso la muerte.

Es una infracción al Reglamento General de Circulación ARTÍCULO 18  APARTADO 1 OPCIÓN  5E. Conducir un vehículo sin cuidar de la adecuada colocación de los objetos o algún animal transportado para que no interfiera en la conducción. Infracción Leve cuyo responsable es el conductor del vehículo y con un importe de 80 Euros.

Existen diferentes sistemas en el mercado que facilitan un transporte seguro para nosotros y nuestras mascotas.




  
AUTOR: RICARDO ALEMÁN POLICÍA LOCAL DE ROQUETAS DE MAR (ALMERÍA)


jueves, 4 de septiembre de 2014

PROHIBICIÓN DE TRANSPORTAR PERSONAS EN REMOLQUES PARA BICICLETAS

PASAJEROS EN BICICLETA

En los remolques o semiremolques no se pueden llevar personas, lo prohíbe el Reglamento General de Circulación. Los ciclistas que quieran transportar personas deben de saber que tienen que ser mayores de edad, que los transportados tienen que ser menores de 7 años e ir en silla homologados.




Hay Municipios que lo permiten mediante Ordenanza Municipal, lo cual no sé si es legal ya que una Ordenanza Municipal no puede contradecir a una Ley que es de rango superior. Espero que el nuevo R.G.C. lo permita para igualarnos a otros países europeos.



En resumen solo se permite un pasajero, en un asiento homologado, si el ciclista es mayor de edad y el pasajero menor de 7 años. 



AUTOR: RICARDO ALEMÁN POLICÍA LOCAL DE ROQUETAS DE MAR (ALMERÍA).